Qué cubre el SOAT y qué no cubre (Límites por Ley)
Por mandato del Decreto Supremo N° 024-2002-MTC, el SOAT protege de manera incondicional a todas las personas (ocupantes y peatones) que resulten víctimas de un accidente de tránsito en el Perú.
Principios de atención inmediata
- Atención médica sin pago previo: Ninguna clínica, hospital o centro de salud público o privado puede exigir pagos o depósitos de garantía antes de atender a las víctimas.
- Sin límite de personas: La cobertura de gastos médicos (hasta 5 UIT) aplica individualmente para cada una de las personas afectadas en el siniestro.
- Sin investigación de culpa: El seguro se activa inmediatamente sin esperar a que la Policía determine quién tuvo la responsabilidad del accidente.
Lo que NO cubre el SOAT
- No cubre daños materiales al vehículo propio ni a terceros (para ello se requiere un Seguro Vehicular contra Todo Riesgo).
- No cubre robos parciales o totales de autopartes ni del automóvil.
- No cubre accidentes ocurridos fuera del territorio nacional o en competencias automovilísticas oficiales.
Tabla Oficial de las 5 Coberturas de Ley (UIT 2026 = S/ 5,500)
Mismas coberturas en todas las aseguradoras| Cobertura Legal | Tope en UIT | Monto Máximo (S/) | Alcance de Protección | Base Legal |
|---|---|---|---|---|
| Gastos Médicos y Hospitalarios | 5 UIT | S/ 27,500 | Cubre atención prehospitalaria, cirugías, hospitalización, medicamentos, prótesis y rehabilitación de cada víctima sin límite de personas en el accidente. | Art. 29 inc. e D.S. N° 024-2002-MTC |
| Muerte / Fallecimiento | 4 UIT | S/ 22,000 | Indemnización económica íntegra a los beneficiarios legales (cónyuge, hijos, padres o hermanos) sin necesidad de juicio previo. | Art. 29 inc. a D.S. N° 024-2002-MTC |
| Invalidez Permanente | 4 UIT | S/ 22,000 | Monto indemnizatorio calculado según la tabla de porcentajes de incapacidad médica emitida por el médico tratante. | Art. 29 inc. b D.S. N° 024-2002-MTC |
| Incapacidad Temporal | 1 UIT | S/ 5,500 | Subsidio por los días que la víctima esté impedida de laborar a razón de 1/30 de la RMV por cada día de descanso médico acreditado. | Art. 29 inc. c D.S. N° 024-2002-MTC |
| Gastos de Sepelio | 1 UIT | S/ 5,500 | Reembolso directo por servicios funerarios, ataúd, velatorio e inhumación o cremación de la persona fallecida. | Art. 29 inc. d D.S. N° 024-2002-MTC |
* Los montos por muerte, invalidez e incapacidad no son excluyentes entre sí de los gastos médicos; cada concepto se liquida conforme a los requisitos y peritajes médicos de ley.
Calculadora Oficial de Coberturas e Indemnizaciones SOAT
Calcula en segundos el monto máximo legal que la aseguradora debe cubrir por cada víctima de un accidente de tránsito en el Perú.
1. Selecciona los conceptos a liquidar para la víctima:
2. Completa los montos y descansos certificados:
Límite legal: S/ 27,500 (5 UIT). La clínica no puede solicitar pagos previos mientras no se agote este saldo.
⚖️ Plazo de Pago Obligatorio: La aseguradora debe cancelar o reembolsar en un plazo máximo de 10 días calendario tras la entrega de los documentos sustentatorios (Art. 34 D.S. N° 024-2002-MTC).
⏱️ Plazo de Prescripción: Tienes hasta 2 años para reclamar cualquier indemnización del SOAT contados desde el día del accidente o fallecimiento (Ley 29946).
Preguntas Frecuentes sobre las Coberturas
Normas oficiales de aplicación de beneficios médicos y de indemnización en el Perú.
No. El Art. 29 del D.S. 024-2002-MTC establece que los gastos médicos (hasta 5 UIT) son independientes y acumulables con la indemnización por fallecimiento (4 UIT) o invalidez permanente (hasta 4 UIT).
Fuentes y revisión
Revisión editorial: 25 de octubre de 2026. Abre la fuente para confirmar la información aplicable a tu vehículo o expediente.