Indemnizaciones6 min de lectura•Actualizado en 2026

Cómo Cobrar la Indemnización por Descanso Médico del SOAT (Guía de Incapacidad Temporal 2026)

La gran mayoría de víctimas de accidentes de tránsito desconocen que tienen derecho a cobrar dinero en efectivo por cada día que no pudieron trabajar. Te enseñamos la fórmula legal de cálculo y los requisitos ante la aseguradora.

Por Equipo de Asesoría Legal · SOAT.net.pe

Lo que debes saber en 30 segundos (Resumen Ejecutivo):

  • ✓El SOAT cubre la incapacidad temporal pagando 1/30 de la RMV por cada día de descanso médico acreditado.
  • ✓Con la RMV vigente en S/ 1,025, el subsidio diario equivale a S/ 34.17 por día de reposo prescrito.
  • ✓El tope máximo a cobrar es de 1 UIT (S/ 5,500 en 2026).
  • ✓El derecho para solicitar el cobro prescribe a los dos (2) años desde la fecha del accidente.
  • ✓La aseguradora tiene un plazo improrrogable de 10 días calendario para realizar el pago.

El derecho económico que casi ningún peruano cobra

Cuando ocurre un accidente vehicular, la atención médica de emergencia y las operaciones se activan de inmediato. Sin embargo, una vez que el herido sale de la clínica con 30, 60 o 90 días de descanso médico, enfrenta graves dificultades económicas por no poder generar ingresos.

La legislación peruana previó esta situación en el artículo 29 del Reglamento del SOAT (D.S. 024-2002-MTC) bajo el concepto de **Indemnización por Incapacidad Temporal**. No es un favor de la aseguradora: es un derecho legal incondicional de toda víctima (conductor, pasajero o peatón).

Fórmula legal: ¿Cuánto dinero te corresponde cobrar?

El cálculo se realiza tomando en cuenta la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente en el país:

1. Valor de la RMV oficial: S/ 1,025.00 mensuales (D.S. N° 003-2022-TR).

2. Monto diario fijado por ley: 1/30 de la RMV = S/ 34.17 por cada día de descanso médico certificado.

3. Límite máximo: Hasta 1 UIT (S/ 5,500.00 en 2026), lo que equivale a un máximo de 160 días cubiertos.

  • Ejemplo 1 (15 días de descanso): 15 x S/ 34.17 = S/ 512.55 en efectivo.
  • Ejemplo 2 (30 días de descanso): 30 x S/ 34.17 = S/ 1,025.10 en efectivo.
  • Ejemplo 3 (60 días de descanso por fractura): 60 x S/ 34.17 = S/ 2,050.20 en efectivo.
  • Ejemplo 4 (120 días por politraumatismo): 120 x S/ 34.17 = S/ 4,100.40 en efectivo.

Requisitos y expediente obligatorio a presentar a la aseguradora

Para cobrar este subsidio ante la aseguradora del SOAT (Pacífico, Rímac, La Positiva, Interseguro o Mapfre), debes preparar una carpeta con los siguientes documentos oficiales:

  • 1. Certificado Médico Oficial o CITT de EsSalud: expedido por el médico tratante colegiado con sello, firma y número de colegiatura (CMP), donde conste expresamente el diagnóstico clínico y los días exactos de descanso médico o impedimento laboral.
  • 2. Copia certificada de la denuncia policial: emitida por la comisaría del distrito donde ocurrió el accidente de tránsito.
  • 3. Copia simple del DNI de la víctima: o carné de extranjería.
  • 4. Copia de la historia clínica o informe de alta médica: que acredite que las lesiones fueron consecuencia directa del siniestro vial.
  • 5. Carta simple de solicitud de indemnización: dirigida a la aseguradora indicando número de siniestro, placa del vehículo y número de cuenta bancaria (CCI) para el abono.

Plazos de ley: 10 días para pagar y 2 años para reclamar

Ten muy presente estos dos plazos cruciales fijados por el D.S. N° 024-2002-MTC:

Plazos Legales Estrictos

• Plazo de pago de la aseguradora: Una vez que entregas el expediente completo con sello de recepción, la aseguradora tiene exactamente 10 días calendario para depositarte el dinero (Art. 34). • Plazo de prescripción: Tienes hasta 2 años contados desde la fecha del accidente para presentar tu solicitud (Art. 36). Pasados los 2 años, el derecho caduca irremediablemente.

Simulador de Beneficio Legal 2026

Calculadora de Indemnización por Descanso Médico (SOAT)

Calcula el dinero en efectivo que la aseguradora te debe pagar por los días de reposo o incapacidad temporal acreditados tras un accidente vial.

Base Legal Art. 30 D.S. 024-2002-MTC:1/30 de la RMV diaria hasta 1 UIT (S/ 5,500)
1 día30 días (1 mes)90 días (3 meses)160 días (Tope)180 días

* La ley establece que se utiliza la RMV vigente a nivel nacional, independientemente de si la víctima es dependiente o independiente.

Liquidación Estimada por Ley (Art. 30)
S/ 1,025.00

Equivale a S/ 34.17 al día por los 30 días certificados por el médico tratante.

Plazo de pago legal:10 días calendario
Plazo para reclamar:Hasta 2 años desde el choque
¿Afecta gastos médicos?:No, es 100% acumulable

Expediente obligatorio para presentar a la aseguradora:

Certificado Médico o CITT: emitido por el médico tratante con sello, CMP y días exactos de descanso.
Copia de Denuncia Policial: expedida por la comisaría del sector donde ocurrió el accidente.
Copia de DNI de la víctima: o carné de extranjería vigente.
Carta Simple de Solicitud: con número de cuenta bancaria y código CCI para el abono.
Sustento: D.S. N° 024-2002-MTC (Reglamento SOAT) y D.S. N° 003-2022-TR.Ver norma en El Peruano

Base Normativa Oficial y Fuentes Jurídicas

Toda la orientación de este artículo cuenta con respaldo en leyes, decretos supremos y resoluciones publicadas en el diario oficial El Peruano y entidades supervisoras del Estado.

Decreto Supremo N° 024-2002-MTC (Reglamento SOAT) (Art. 29 inc. c y Art. 30)

Define la indemnización por incapacidad temporal a razón de 1/30 de la RMV vigente a la fecha del pago por cada día de imposibilidad laboral, hasta un máximo de 1 UIT.

Consultar norma oficial
Decreto Supremo N° 003-2022-TR (Artículo 1)

Fija la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en S/ 1,025.00 mensuales.

Consultar norma oficial
Decreto Supremo N° 024-2002-MTC (Art. 34 y 36)

Estipula el plazo perentorio de diez (10) días calendario para que la aseguradora pague la indemnización y el plazo de prescripción de dos (2) años.

Consultar norma oficial

Preguntas Frecuentes Relacionadas

Respuestas a las consultas más habituales de los conductores y víctimas de accidentes.

Sí. La ley del SOAT no exige contrato de trabajo ni boletas de pago para este concepto. El único requisito legal es contar con el certificado médico que acredite el descanso e imposibilidad física de laborar.

Guías y Artículos Recomendados

¿Vas a tramitar tu Brevete o Recategorizar? ¡Aprueba a la primera sin jalar!

No arriesgues tu dinero ni tu tiempo repitiendo el examen de reglas o de manejo. En brevete.net.pe tienes acceso libre y práctica gratuita con las herramientas interactivas más completas para rendir con éxito tu prueba oficial: